TESTIMONIO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de las fa- cultades que le son propias, D E C R E T A ----------------- ARTICULO 1.- Créase una comisión "ad-hoc" para el análisis de todo lo concerniente a ----------------- la implementación de los elementos que intervienen en la formación de las tarifas eléctricas.---------------------------------------------------------------------- ARTICULO 2.- Dicha comisión que llevará el nombre de "COMISION ESPECIAL ----------------- PARA EL ANALISIS DE LAS TARIFAS ELECTRICAS", estará compuesta por un (1) concejal de cada bloque del Honorable Concejo Deliberante y un (1) profesional Contador Público en representación del Departamento Ejecutivo.--------- ARTICULO 3.- Dicha comisión podrá nombrar hasta un (1) asesor profesional idóneo ----------------- por cada bloque.------------------------------------------------------- ARTICULO 4.- A los fines de su mejor desenvolvimiento y manejo, la comisión deberá ---------------- designar, de sus integrantes, un Presidente y un Secretario. Esta comisión deberá producir despacho dentro de los sesenta (60) días de su constitución, de ser nece- sario un período mayor deberá solicitarlo expresamente al Cuerpo, el que tendrá que ex- pedirse al efecto.------------------------------------------------------------------------ ARTICULO 5.- La comisión quedará facultada para solicitar todos los elementos nece- ----------------- sarios (documentación, informes, datos, etc.) para cumplir mas eficien- temente su cometido. Cuando la información que pudiere requerir correspondiere a ámbi- tos de difícil acceso (reparticiones nacionales o provinciales), será a travéz del Honorable Concejo Deliberante por donde canalizar esta gestión.----------------------------------- ARTICULO 6.- La gestión de la "COMISION ESPECIAL PARA EL ANALISIS DE ----------------- LAS TARIFAS ELECTRICAS" será totalmente "ad-honorem". El o los funcionarios que el Departamento Ejecutivo afecte a estas tareas del personal perma- nente de la Municipalidad, no percibirá remuneración especial alguna, a excepción de que superen los horarios normales de trabajo.------------------------------------------- ARTICULO 7.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.---------------------- ------------------- DECRETO Nº 11/84 ------------------------- DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, el primer día del mes de febrero de mil novecientos ochenta y cuatro. FIRMADO: Alberto J. B. Pacciaro- ni - PRESIDENTE - Juan José Troya – SECRETARIO.--------------------------------